SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2018-S2

Fecha: 25-Jun-2018

Fragmento 33

En ese contexto, una vez analizados los siete agravios cuestionados por la accionante tanto en su recurso de revocatoria como en la presente acción de amparo constitucional, amerita llegar a las siguientes conclusiones que además se constituyen en respuesta al octavo agravio cuestionado en la presente demanda de tutela; en ese sentido, se advierte que la Resolución Administrativa en cuestión fue insuficientemente argumentada, por: 1) Las omisiones de pronunciamiento evidenciadas respecto al primero, segundo, cuarto y sexto agravio denunciados por la impetrante de tutela; y, 2) La escueta fundamentación y motivación advertida en las respuestas otorgadas a los agravios tercero, quinto y séptimo; todos cuestionados por la misma en su recurso de revocatoria interpuesto contra su Memorándum de destitución y el Acuerdo 073/2017 que lo sustenta; en consecuencia dicha Resolución Administrativa adolece de incongruencias, que no permiten conocer los criterios jurídicos y los supuestos fácticos que plasmen una decisión asumida y que esta se encuentra debidamente motivada y fundamentada, que no trasgreda los principios, valores y derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y el bloque de constitucionalidad.