SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2018-S2
Fecha: 28-Jun-2018
concedió en parte
La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Tercera de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 2/2018 de 12 de enero, cursante de fs. 393 a 396, concedió en parte la tutela solicitada, disponiendo la anulación de la Resolución de Recurso Jerárquico impugnada y ordenando que la autoridad ahora demandada emita nueva resolución debidamente motivada y fundamentada, y realice la valoración de la prueba ofrecida en el memorial de 10 de mayo de 2016, sea en forma positiva o negativa, respetando el derecho al debido proceso y efectuando la ponderación y valoración de las pruebas; y, denegó la tutela impetrada con relación al derecho a la defensa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión de la valoración
- III.2. Sobre el principio de verdad material
- III.3. Sobre el derecho a la defensa
- dimensión material
- Fragmento 23
- III.4. Sobre el contenido esencial del derecho de petición y requisitos de procedencia
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- b)
- MAGISTRADO
- Fragmento 29
- derecho a la defensa
- al derecho fundamental cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna,
- respuesta formal y escrita
- …no encuentra satisfacción en