SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0493/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
II.7.
II.7. Cursa un Acta legalizada de la Jefatura Regional del Trabajo de Montero de 13 de abril de 2017, en la que Carmen Dina Vega Veigaza, se apersonó a la autoridad administrativa laboral en su condición de trabajadora contra Maribel Méndez Vega en su condición de empleadora, en la que ambas partes señalaron que sobre la librería existía una constitución de sociedad, así la citada trabajadora, señaló que el capital de $us5 000.- (Cinco mil dólares estadounidenses), con el que empezó a funcionar esa librería en su domicilio, fue un crédito a su nombre y la indicada empleadora, manifestó que no existía ningún vínculo laboral sino se trataba de una constitución de sociedad; hechos que se declararon contencioso por la Jefatura Regional del Trabajo de Montero, disponiendo se acuda a la instancia legal correspondiente (fs. 56 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Fundamento de la proscripción de las medidas o vías de hecho o justicia por mano propia
- calificándolo como un problema estructural
- i)
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.2.
- sin desconocer otros medios alternativos de solución de conflictos reconocidos por el orden constitucional y legal, como son: la conciliación, la mediación, el arbitraje, entre otros
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- acción de
- provisional
- III.5.
- denegar la tutela provisional y transitoria
- conceder una tutela definitiva
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 32
- 944/2002-R,
- el accionante deberá cumplir en primera instancia con la identificación de los particulares o autoridades demandadas