SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0825/2018-S3

Fecha: 14-Ago-2018

III.3.  Análisis del caso concreto

El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la propiedad, a la posesión y al debido proceso en sus elementos de aplicación objetiva de la norma, fundamentación y motivación de las resoluciones, causada por la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 61/2017 de 14 de junio, pronunciada por el Tribunal Agroambiental que declaró probada la demanda de nulidad respecto al Título Ejecutorial PPD-NAL-198745 de 25 de julio, que le había otorgado derecho propietario sobre un terreno identificado como polígono 58 de la comunidad “Pucara” ubicado en el Cantón Omereque, provincia Campero del departamento de Cochabamba. 

De manera previa al análisis de fondo del problema jurídico planteado y de acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, cabe manifestar que si bien las autoridades demandadas no emitieron la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 61/2017 ahora debatida, conforme fue establecido por la jurisprudencia constitucional es posible el planteamiento de la acción tutelar contra servidores públicos que se encuentren asumiendo el cargo y funciones en cuyo ejercicio las anteriores autoridades habrían cometido las supuestas irregularidades[1].

Resulta también pertinente recordar, que de conformidad al art 36.2 de la LSNRA, el Tribunal Agroambiental tiene competencia para conocer y resolver demandas de nulidad y anulabilidad de títulos ejecutoriales y de los procesos agrarios que hubieran servido de base para la emisión de los mismos tramitados ante el Consejo Nacional de Reforma Agraria, el Instituto Nacional de Colonización y el INRA.