SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018

Fecha: 12-Sep-2018

el derecho de presunción de inocencia

La Corte IDH, ha sido enfática al sostener que el acusador es quien debe demostrar sin cabida de duda la culpabilidad del inculpado; argumento que ha sustentado, en específico en el caso García Asto y Ramírez Rojas contra Perú, estableciendo que el derecho de presunción de inocencia debe concebirse como el fundamento de las garantías judiciales; y, que en el caso del señor Urcesino Ramírez Rojas en el cual en Sentencia de primera instancia de 30 de septiembre de 1994, se desestimaron los argumentos y las pruebas presentadas por éste, señalando que las mismas resultaban insubsistentes para demostrar su inculpabilidad; se violó el derecho de presunción de inocencia consagrado en el artículo 8.2 de la CADH, al requerir a la víctima la prueba de su inocencia.[11]