SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0038/2018

Fecha: 12-Sep-2018

incluida la recuperación de activos

Por otra parte, la Convención Interamericana contra la Corrupción[20], estableció en su artículo II el propósito común de los Estados Partes, de promover y fortalecer el desarrollo de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción. En igual sentido la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción[21], determinó en su artículo 1, la finalidad de: “a) Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción; b) Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos…” (las negrillas fueron añadidas).

Consiguientemente, existe también una obligación estatal no sólo para adoptar medidas sancionatorias que permitan prevenir y sancionar conductas de corrupción; sino que, igualmente se debe perseguir y condenar las acciones relacionadas con dicho delito, con particular relevancia respecto a la recuperación de activos.