SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0708/2019-S3
Fecha: 07-Oct-2019
denegó
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través de la Resolución 52 de 31 de mayo de 2019, cursante de fs. 857 a 859 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) El accionante solicitó que se declare la nulidad del proceso y se ordene a los Vocales demandados emitan un nuevo auto de vista que declare inadmisible el recurso de apelación, presentado por ADM SAO S.A. contra el Auto 811/15, vale decir que pidió que se resuelva algo que ya estaba decidido por las autoridades de alzada; y, que se anule el Auto de Vista 01-19, disponiendo que el Tribunal de apelación emita un nuevo pronunciamiento, anulando obrados hasta el sorteo de 5 de marzo de 2018, que también fue decidido por Auto de Vista 105-18, evidenciando la existencia de la causal de improcedencia por subsidiariedad, dado que, el impetrante de tutela planteó un recurso que no es idóneo, cuando debió haber impugnado el referido Auto de Vista 105-18; y, b) El accionante interpuso un incidente de nulidad por saneamiento procesal ante el Juez de instancia, pretendiendo anular el Auto de Vista emitido por una autoridad superior, lo cual no es posible puesto que ningún juez inferior puede anular un auto de uno de alzada, advirtiéndose que existe una inadecuada petición.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- que declara la extemporaneidad del recurso de apelación presentado por el demandante ADM SAO S.A., contra el auto de de fecha 11 de noviembre de 2015, al momento de anular la diligencia de notificación saliente a fs. 202, en consecuencia los actos demandados vuelven al estado en que se encontraba al momento de la interposición extemporánea
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- Fragmento 24
- III.1. El debido proceso en los procesos judiciales. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 26
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- III.2. De la labor de los tribunales de alzada al resolver los recursos de apelación y su deber de garantizar el acceso a la justicia
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR