SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0987/2019-S1

Fecha: 04-Oct-2019

III.2.3.   En relación a la problemática descrita en el inciso a)

Relativa a que el Gerente General de la CNS al emitir la Resolución Jerárquica 33, no cumplió su labor de examen de proporcionalidad respecto a la presunta falta que no fue tipificada y la sanción impuesta; corresponde señalar que, al constituirse el principio de proporcionalidad en uno de los componentes esenciales de la legalidad; por cuanto, impone un límite a la arbitrariedad en la potestad sancionadora que ejerce el Estado, para que este Tribunal Constitucional Plurinacional ingrese al análisis de fondo de la problemática expuesta, corresponde que la parte actora de manera previa cumpla los presupuestos descritos en la jurisprudencia constitucional relativa a demostrar que la labor argumentativa-interpretativa resulta escasamente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error evidente, identificando en su caso las reglas de interpretación que fueron omitidas por la jurisprudencia ordinaria u Órgano Judicial o administrativa; asimismo, que precise los derechos o garantías constitucionales lesionados por el intérprete, estableciendo el nexo de causalidad entre éstos y la interpretación impugnada; puesto que la jurisdicción constitucional no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, cual si fuera una instancia ordinaria más (SCP 1631/2013 de 4 de octubre, citada en la SCP 0879/2018-S1 de 20 de diciembre); motivo por el cual, corresponde denegar la tutela solicitada respecto de esta problemática.