SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

Fragmento 28

Así también que, mediante Auto de inicio de proceso de 26 de marzo de 2018, emitido por el Tribunal Disciplinario se dispuso la admisión de una denuncia en su contra por la presunta comisión de la falta muy grave de acoso sexual, tipificado en el art. 11 inc. m) del Reglamento de Faltas y Sanciones del Magisterio y Personal Docente y Administrativo, determinándose la no existencia de responsabilidad disciplinaria mediante Auto final del proceso de 8 de mayo de 2018, dictado también por el antes referido Tribunal Disciplinario; sin embargo, por Auto de revisión METC/DDET/Nº 006/2018 de 4 de junio, Manuel Eudal Tejerina del Castillo, Director Departamental de Educación de Tarija -ahora demandado- dispuso anular obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta el Auto inicial del proceso disciplinario y concluidos los trámites de rigor, se emitió nuevo Auto final del proceso de 14 de agosto de 2018, por el cual el Tribunal Disciplinario no estableció tampoco responsabilidad administrativa en el ahora peticionante de tutela.