SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1018/2019-S1

Fecha: 09-Oct-2019

PROHIBIR AL AGRESOR COMUNICARSE, INTIMAR O MOLESTAR POR CUALQUIER MEDIO O A TRAVES DE TERCERAS PERSONAS, A LA VICTIMA Y ASI COMO A CUALQUIER INTEGRANTE DE SU FAMILIA’

En ese marco la Resolución objeto de la presente acción de amparo constitucional refiere que es evidente la presentación del documento de desistimiento presentado por los padres de la menor, resaltando el hecho de que: "...este acuerdo fue firmado a pesar de ya tener resolución fiscal con cinco Medidas de protección homologadas por el Juez Instructor a favor de la víctima entre las que se contemplaba: 'PROHIBIR AL AGRESOR COMUNICARSE, INTIMAR O MOLESTAR POR CUALQUIER MEDIO O A TRAVES DE TERCERAS PERSONAS, A LA VICTIMA Y ASI COMO A CUALQUIER INTEGRANTE DE SU FAMILIA’" (SIC); por ello, la mencionada resolución cuestionada dice que no existe pronunciamiento expreso del Tribunal Disciplinario respecto de ese aspecto, habiendo omitido la revisión y análisis de cada medio probatorio y se limita únicamente a señalar que los padres expresaron que no se logró probar el hecho, de esa forma se restó el valor legal probatorio que tiene el informe psicológico en el cual se detalla de manera expresa que: "La adolescente denota que cuando sucedieron los hechos denunciados con su profesor sintió miedo, reacción de escape y llanto. También denota la adolescente miedo por las amenazas que le habría proferido su profesor, sensación de sentirse sucia y asco por lo sucedido. En cuanto a su rutina se ven también afectaciones por lo sucedido" (sic).