SENTENCIA CONSTITUCIOONAL PLURINACIONAL 0899/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIOONAL PLURINACIONAL 0899/2019-S4

Fecha: 16-Oct-2019

Fragmento 26

             Lo señalado hace evidente que, en cuanto a este punto, el accionante utiliza la presente acción de garantía constitucional como un mecanismo alternativo de protección de los derechos y garantías denunciados como vulnerados, dado que, pretende un nuevo pronunciamiento respecto a los fundamentos por los que considera como lesiva la primera Resolución pronunciada en cuanto a la suspensión del proceso eleccionario que se desarrollaba en el Colegio de Odontólogos de Cochabamba (01/2019 de 2 de febrero) y lo resuelto también en cuanto a las medidas asumidas por el ente colegiado nacional (1/2019 de 16 de febrero), ante el incumplimiento de lo resuelto en la primera resolución, sin considerar que ya fueron emitidas Resoluciones posteriores en respuesta a la impugnación presentada por la misma parte ahora accionante, Resoluciones que en cuanto a sus razones de decisión, son obviadas completamente por la parte accionante, no siendo por ello posible un nuevo pronunciamiento sobre lo ya resuelto, más aún si en los indicados recursos no se denunció la vulneración de los derechos fundamentales que ahora se alegan como vulnerados, de manera que no dio la oportunidad a las mismas autoridades que ahora demanda de poder pronunciarse al respecto, siendo por lo tanto aplicable el principio de subsidiariedad en el caso, extremo que inhibe a este Tribunal analizar el fondo de lo solicitado.