Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1
Fecha: 14-Nov-2019
extinguida la obligación al haberse acreditado el pago total
Así, del contenido del memorial presentado el 12 de mayo de 2017, el
BCP S.A. interpuso recurso de apelación contra el Auto 181
(Conclusión II.10.2); a través del cual, se declaró extinguida la obligación al haberse acreditado el pago total, mediante Escritura Pública 1470/2013 de 16 de agosto en aplicación de los arts. 1390 del CC y 134 del Código Procesal Civil (CPC), dejando sin efecto toda medida cautelar adoptada en la tramitación del proceso ejecutivo (Conclusión II.10.1), expresando como puntos de agravio los siguientes:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.1.
- II.9.2.
- II.9.3.
- II.10.
- II.10.1.
- II.10.4.
- i)
- Fragmento 22
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.3.
- extinguida la obligación al haberse acreditado el pago total
- b)
- c)
- d)
- 1)
- 4)
- 6)
- Fragmento 33
- III.4. Otras consideraciones
- Fragmento 35
- 3º Llamar la atención