SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1

Fecha: 14-Nov-2019

II.8.

II.8.     Por Testimonio 374/2016 de 21 de marzo, se efectuó la protocolización de una minuta aclarativa unilateral de otro documento unilateral de cancelación de deuda y levantamiento de gravamen hipotecario, realizado por el BCP S.A. a favor de Erwin Peña Campero y Verusska Isolde Montenegro Carrasco -hoy impetrantes de tutela- procediéndose a través de ese documento en el apartado Tercero (Aclarativa) a señalar que el Banco por convenir a sus legítimos intereses sin que medie presión dolo o vicio del consentimiento en aras de la verdad, aclaró la Cláusula Segunda de la Escritura Pública 1470/2013, dejando establecido que el pago de la deuda efectuado por Erwin Peña Campero sería PARCIAL y NO TOTAL, quedando aclarado que al haber cancelado parcialmente la deuda, el Banco procedió a autorizar el levantamiento únicamente del gravamen registrado bajo el Asiento B-4 de la matrícula 7.01.1.99.0012800 (fs. 107 a 111).