SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1

Fecha: 14-Nov-2019

II.9.1.

II.9.1. Mediante Auto de 20 de mayo de 2016 y en atención al memorial sobre acreditación de cancelación total de la obligación, solicitando cancelación de las medidas precautorias y entrega de la documentación deducido por Erwin Peña Campero y Verusska Isolde Montenegro Carrasco, indicó que cursa Sentencia 37 y Auto Complementario; los cuales, fueron recurridos en apelación y que los medios probatorios se encuentran previstos por los arts. 507 y 513 del CPC, no siendo idóneo ese medio para dar curso a la pretensión deducida por la parte ejecutada; más aún, si el proceso se encontraba con sentencia y en trámite la resolución del recurso de apelación; asimismo, en cuanto al documento público; por el cual, se efectivizó la aclaración unilateral por parte de la entidad financiera, sobre lo pactado mediante Escritura Pública 1470/2013, señaló que correspondía denegar lo peticionado, indicando no ha lugar a lo impetrado, debiendo continuarse con la tramitación del proceso (fs. 117).