Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1062/2019-S1
Fecha: 14-Nov-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Los peticionantes de tutela, ratificaron el contenido de su demanda de acción tutelar y en audiencia añadiendo, manifestaron que el Auto de Vista cuestionada hizo una relación detallada del memorial que fue presentado por el BCP S.A.; por lo que, cómo se puede establecer que esos hechos son ciertos sino está amparada en ninguna norma del Código Civil y recién la referida entidad Bancaria realizo alusión a la Ley de Bancos y Entidades Financieras, cuando el Tribunal de alzada debió decir si correspondía la aplicación del art. 86 de la Ley 393, denotándose con ello la vulneración de sus derechos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.1.
- II.9.2.
- II.9.3.
- II.10.
- II.10.1.
- II.10.4.
- i)
- Fragmento 22
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Jurisprudencia reiterada, sobre el debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- III.3.
- extinguida la obligación al haberse acreditado el pago total
- b)
- c)
- d)
- 1)
- 4)
- 6)
- Fragmento 33
- III.4. Otras consideraciones
- Fragmento 35
- 3º Llamar la atención