SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2019-S2

Fecha: 11-Dic-2019

II.6.

II.6.  A través del Auto de Rechazo ARIT-SCZ-0840/2018 de 25 de octubre, pronunciado por la autoridad ahora demandada, se determinó el rechazo del recurso de alzada interpuesto por el hoy accionante, arguyendo que:          1) En la subsanación el interesado argumentó sobre su interés legítimo a partir del Proveído AN-ULEZR-PRO 107/2018; es decir, que empleó un proveído distinto al refutado en su memorial de recurso de alzada; incurriendo en incongruencia al identificar el acto administrativo objeto de la impugnación y provocando confusión respecto al cómputo del plazo para activar el recurso; y, en relación a cuál era el acto impugnado; y,     2) De los argumentos expuestos en el memorial de subsanación se tuvo que la pretensión de recurrir, tenía carácter personal “…desconociendo su representación legal en favor de la Empresa de Transporte Candelaria…” (sic) y sin acreditar “…su interés legítimo para impugnar el Proveído      AN-GRZGR-SET-PRO 538/2018…” (sic); en razón a que, no demostró cómo las actuaciones de la administración aduanera le causaron lesión directa; toda vez que, el proceso dentro del cual se emitieron, se siguió contra la empresa de Transporte Candelaria; y, no hacia Nelson Gustavo Chura Colque como persona natural, aspecto que justamente fue observado sin que fuera subsanado; por lo que, correspondía el rechazo del recurso de alzada. Con dicho Auto se notificó al accionante el 31 de octubre de 2018 (fs. 191 a 193).