SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2019-S2

Fecha: 11-Dic-2019

III.2.   Análisis del caso concreto

  El impetrante de tutela, consideró lesionados sus derechos al debido proceso (como garantía y derecho); y, a “la administración de justicia” (sic) -lo correcto es el acceso a la justicia-; toda vez que, el 6 de octubre de “2016”, fue notificado en calidad de representante legal con el proveído de inicio de ejecución tributaria -tras la conclusión del proceso por contrabando contravencional que siguió la ANB, contra la Empresa Transportadora Candelaria. En tal contexto, -según afirma- al no ser representante de dicha empresa, ni haberla constituido, solicitó la nulidad de obrados y de notificación, que fue resuelta mediante el Proveído AN-ULEZR-PRO 107/2018 de 31 de julio -dando por válido el acto procesal refutado- (Conclusión II.1); posteriormente, el 29 de agosto de 2018, peticionó una resolución fundamentada respecto a su requerimiento; por lo que, el 6 de septiembre del mismo año, se emitió el proveído   AN-GRZGR-SET-PRO 538/2018, que rechazó la nulidad impetrada (Conclusión II.2).