SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2019-S3

Fecha: 12-Mar-2019

1)

En uso de la réplica señaló que: 1) En ningún momento se solicitó se proceda a verificar la interpretación de la legalidad ordinaria; 2) Respecto a la falta de relevancia constitucional alegada por los demandados, su persona tiene derecho a conocer exactamente porque se le declaró improcedente su impugnación; y, 3) No se solicitó que se valore la prueba presentada sobre los temas económicos.

Dejar sin efecto la Resolución de Impugnación de 26 de enero de 2018 y la providencia de 30 de igual mes y año, debiendo los demandados emitir en el plazo de tres días hábiles computables a partir de la notificación con la presente Resolución, una nueva que responda a todos los puntos impugnados en el  memorial de 26 de enero de 2018 presentada por la accionante, con la debida fundamentación y motivación en apego a su normativa y los fundamentos desarrollados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, con la finalidad de que conozca los fundamentos y motivos que sustentan la decisión que resuelva su impugnación;