AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0018/2019-O

Fecha: 17-Abr-2019

2)

2)    Bajo el contexto anterior, los de casación señalaron que los cuestionamientos realizados en el recurso de casación son impertinentes, que si bien se habla de una aplicación errónea de la ley, no existe análisis alguno al respecto, menos está sustentando el hecho de haberse vulnerado derechos y garantías constitucionales con la Resolución de segunda instancia. Para luego concluir que en ‘…el memorial que refiere ser recurso de casación en la forma, no se cumple con la demostración objetiva de que ello fuera evidente en el fallo de segunda instancia, sumando al hecho de que el análisis realizado en el recurso de casación, no discuten el tema central del razonamiento del Auto de Vista, cual es la incompetencia del Juez de instancia en razón de materia y lo cuestionado no versa en torno a ello sino la presunta incongruencia que existe entre lo apelado y lo resuelto en apelación, situación que ciertamente resulta inconducente a efectuar análisis respecto al recurso planteado para dar curso a su pretensión…’ (sic)”