DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Articulo 47.

Articulo 47. (De la normativa para la consulta previa) El Gobierno Autónomo Indígena Guaraní Kereimba Iyaambae, dentro del marco de sus competencias, desarrollará junto con el nivel central del Estado normativa sobre consulta previa, siempre adecuadas a las necesidades sociales, culturales y de visión de desarrollo del pueblo guaraní dentro de su jurisdicción. A su vez se reconoce el derecho consuetudinario y las normas y procedimientos propios en aquellas comunidades en las que así se decida.