DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Articulo 67.

Articulo 67. (Administración y ejecución del presupuesto).- La administración y ejecución del presupuesto estará sujeta a reglamentación mediante ley autonómica, promoviendo un modelo operativo descentralizado con respeto del presupuesto asignado a nivel zonal, según el tipo de gasto, los lineamientos de gasto público y leyes nacionales de administración presupuestaria, la ejecución se realizará en coordinación con las Autoridades comunales, Zonales y miembros del PISET en el ámbito de sus atribuciones.