DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Descripción

Descripción.- Las disposiciones descritas precedentemente, determinan la existencia de recursos naturales renovables y no renovables en la jurisdicción territorial de la AIOC de Kereimba Iyaambae, la ubicación de éstos últimos y la promoción de acciones para el aprovechamiento sustentable de dichos recursos en conformidad a la normativa nacional; finalmente establecen que la elaboración de normas para la implementación de la consulta previa es de responsabilidad de la referida autonomía.

Ahora bien, es evidente que de acuerdo al art. 30.II.17 de la CPE las NPIOC tienen derecho: “A la gestión territorial indígena autónoma, y al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes en su territorio sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por terceros”; siendo así, pueden asumir medidas de cualquier naturaleza para la materialización de dicho derecho y el Estado tiene la obligación a través de medidas legislativas y administrativas que permitan a estas naciones y pueblos en el marco de su autogobierno ejercer plenamente ese derecho; sin embargo, corresponderá determinar si tienen la misma prerrogativa constitucional en relación a los recursos naturales no renovables.

Por otro lado, el art. 30.II.15 de la Ley Fundamental, estipula que las NPIOC tienen derecho: “A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetara y garantizara el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan”; en ese marco, corresponde determinar si bajo esta prerrogativa las AIOC pueden establecer y prever la emisión de regulación para la implementación de dicho mecanismo de democracia comunitaria.