DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2019

Fecha: 24-Abr-2019

Articulo 81.

Articulo 81. (Diagnósticos zonales anuales).- La planificación de gestión territorial comunitaria, está compuesto por la articulación de los planes zonales considerando las diferentes planes de vida que existen en la jurisdicción, por lo tanto un proceso permanente de evaluación y retroalimentación fortalece el sistema de planificación por lo que se dispone mantener una línea de base actualizada por zona.

I.   La metodología para la elaboración de los diagnósticos zonales debe permitir contar con información cuantitativa y cualitativa, visual en el lugar, oral y gráfica según sea más conveniente a la Autonomía Guaraní, que permitan describir su situación actual, principal problemática y desafíos futuros incluyendo la gestión de los sistemas de vida en la Autonomía Indígena Guaraní Kereimba Iyaambae bajo responsabilidad del equipo técnico conformado y en coordinación de los capitanes zonales.