Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
III.4. Análisis del caso concreto
El accionante consideró lesionados sus derechos a la igualdad de las partes, a la tutela judicial efectiva y al debido proceso en sus vertientes de igualdad de las partes, congruencia, suficiente fundamentación y motivación de las resoluciones; toda vez que, habiendo presentado la excepción de impersonería, en el proceso laboral de cobro de beneficios sociales instaurado por Jeaqueline Sandra Agustina Cáceres Soria contra la entidad Gran Logia Rito de York en Bolivia, inicialmente se declaró probada la misma; empero, ante el recurso de apelación presentado por la parte actora, el Auto de Vista A.I. 041/2018, revocó la determinación y declaró improbada la excepción.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- exige que toda resolución esté debidamente fundamentada
- Debe determinar el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable
- Fragmento 15
- [8]
- relevancia constitucional
- todas las personas tienen derecho a acceder de forma igualitaria ante los jueces, no solamente en el sentido estricto de una idéntica oportunidad para acudir a los estrados judiciales sino también como la posibilidad cierta y evidente de recibir de los juzgadores idéntico tratamiento ante situaciones similares, a no ser que el juez de la causa exprese razones serias que justifiquen su posición
- uno de los elementos constitutivos del debido proceso es el derecho a la igualdad de las partes procesales
- efectiviza la igualdad en el proceso a través del equilibrio de las actuaciones judiciales respecto a las partes
- III.3. El derecho a la tutela judicial efectiva o de acceso a la justicia y su alcance
- es un derecho de prestación que se lo ejerce conforme a los procedimientos jurisdiccionales previstos por el legislador
- contiene
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 25
- por ambas partes
- expresa
- Fragmento 28
- derecho de acceso a la justicia
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA
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