SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2019-S1

Fecha: 10-Abr-2019

Primero:

Primero: No se entiende si la Resolución de rechazo, se emitió porque el hecho denunciado no existió, no está tipificado como delito o porque los co-denunciados -ahora terceros interesados- no participaron en él; agravio, que fue contestado por la autoridad ahora demandada, conforme se advierte de la Conclusión II.2 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, en sentido que, los fiscales inferiores fundamentaron su requerimiento de rechazo conforme la previsión contenida en el art. 304.1 del CPP; por cuanto, se llegó a colegir que el hecho denunciado con relación a los tipos penales sindicados a Roxana Flores Huanca y Celso Huayllani López -hoy terceros interesados- en su condición de funcionarios públicos, no encontraría respaldo, ya que el hecho no existe en términos de ultima ratio; ya que según el análisis respectivo, no se advierte la conducta omisiva, aquella que rehúsa y la que retarda un acto propio de la función de un servidor público, a sabiendas de su carácter delictivo y del daño que pueda causar, tampoco se advierte la materialización de las tres acciones de dictar, ejecutar y hacer ejecutar resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución Política del Estado y a las leyes.