SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S2
Fecha: 24-Abr-2019
III.2. Análisis del caso concreto
En el caso en examen, la parte accionante refiere que el Auto de Vista 27, que declaró la improcedencia del recurso de apelación incidental y confirmó el Auto Interlocutorio 39, alegando que los hechos denunciados no están tipificados como delitos y que existe la necesidad de un antejuicio conforme el art. 376 inc. 1) y 2) del CPP, es una resolución incongruente y carente de motivación, que vulnera el debido proceso sobre el derecho a exigir de las autoridades demandadas la observancia de las normas sustantivas y adjetivas, ante la fundamentación o argumentación errónea y una valoración probatoria defectuosa e incorrecta de las pruebas de cargo, al apartarse de los marcos de razonabilidad y equidad; extremos que serán analizados a objeto de conceder o negar la tutela impetrada, previo examen de la Resolución cuestionada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: a) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; b) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; c) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, d) Por la falta de coherencia del fallo, se da: d.1) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- primer argumento
- i)
- segundo argumento
- tercer argumento
- CONFIRMAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)