SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

primer argumento

Así se advierte que, en el primer argumento utilizado para interponer el recurso de apelación incidental contra el referido Auto Interlocutorio 39, pronunciado por el Juez de Sentencia Penal Noveno, la parte accionante aclaró que no se trata de un nuevo proceso, sino de un proceso penal por delitos de acción penal pública, ante la conversión de acciones solicitada y que concedida, radicó ante el indicado Juez; por lo que, dicha autoridad se apartó de lo resuelto en el Auto Interlocutorio 38/2016 y en el Auto de Vista 18, aparejados como medio probatorio, que declararon la competencia de la jurisdicción penal para la investigación y juzgamiento de los denunciados por los delitos de estafa, extorsión y fraude de seguros; al indicar que los tres contratos suscritos entre las partes conforme el art. 450 del Código Civil (CC) no correspondían ser juzgados en sede penal sino en la vía civil o arbitral, sin considerar la existencia de los elementos constitutivos descritos en la querella y reiterados en la acusación particular.