VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0101/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0101/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

para proteger eficazmente y de manera inmediata a la mujer frente a un hecho de violencia

En ese sentido, y en el ejercicio de la metodología de ponderación, se concluye que los derechos y garantías del imputado, en el caso concreto, el derecho a la libertad física y salud, no se sobreponen automáticamente a los derechos de las víctimas que también demandan una protección reforzada         -Fundamento Jurídico II.3-, que obliga al Estado el otorgarle procedimientos legales justos y eficaces, así como de cumplir la norma de la debida diligencia, que conlleva responsabilidad internacional, para investigar y sancionar hechos de violencia y eliminar las limitaciones jurídicas e institucionales para proteger eficazmente y de manera inmediata a la mujer frente a un hecho de violencia. Consiguientemente, la determinación asumida por la autoridad judicial, se justifica plenamente debido a que, conforme a los elementos de prueba presentados y las particularidades del caso, existe un presunto cuadro de violencia física y psicológica reiterada hacia la víctima y un riesgo inminente hacia sus derechos; aspectos que fueron considerados por la autoridad judicial demandada para otorgar, en el caso concreto, preponderancia a la  protección de los derechos de la víctima.