SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 33

En relación a éste problema jurídico, se evidencia de la lectura y examen minucioso del punto séptimo de los fundamentos de la resolución observada, que la autoridad ahora demandada luego de transcribir literalmente el contenido de la certificación emitida por el “…Dr. M. Rolando Terceros Balladares (Notario de Fe Pública 1ra. Clase No.5)…” (sic) de 4 de julio de 2014, señaló que su contenido resulta irrelevante con los hechos suscitados el 29 de agosto de mismo año, sin desarrollar mayor actividad intelectiva que le permita arribar a la conclusión expresada y que logre el convencimiento de las partes sobre los motivos de la decisión arribada, en cumplimiento de su deber de razonabilidad que permite conocer al justiciable el porqué del contenido de la determinación asumida; consiguientemente, este Tribunal Constitucional Plurinacional concluye que, son evidentes las alegaciones manifestadas por la parte accionante respecto a éste punto.