SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

III.4.5. Respecto a la problemática contenida en el punto     4), sobre que la autoridad ahora demandada no aplicó el principio de objetividad que obliga a pronunciarse respecto a todos los delitos denunciados, incumpliendo así sus deberes, pues en el presente caso no solo se formuló denuncia penal y querella por el delito de avasallamiento en área minera sino también por lesiones graves y gravísimas, secuestro y amenazas entre otros.

III.4.5. Respecto a la problemática contenida en el punto     4), sobre que la autoridad ahora demandada no aplicó el principio de objetividad que obliga a pronunciarse respecto a todos los delitos denunciados, incumpliendo así sus deberes, pues en el presente caso no solo se formuló denuncia penal y querella por el delito de avasallamiento en área minera sino también por lesiones graves y gravísimas, secuestro y amenazas entre otros.

En relación a éste punto, de la lectura del memorial de impugnación de 10 de octubre de 2017, glosado en la Conclusión II.2 de éste fallo constitucional, se advierte que éste aspecto no fue expresado como punto de agravio y reclamado consecuentemente en esa vía impugnatoria fiscal; razón por la cual, no corresponde emitir un pronunciamiento en relación a puntos que no fueron reclamados en sede fiscal.