SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0195/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

III.4.2.   En relación a la fundamentación y motivación en la Resolución Jerárquica 3/2018

Conforme se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.2 de ésta Sentencia Constitucional Plurinacional, toda resolución sea judicial o administrativa, debe contener la debida fundamentación y motivación; es decir, que cada autoridad que dicte una resolución esta compelido a exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma. Asimismo, se expresó que la obligación de fundamentar y motivar las decisiones judiciales y administrativas, abarca también a las instancias de impugnación; por cuanto, resulta imprescindible que dichas resoluciones sean suficientemente motivadas y fundamentadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que la sustentan.

En relación a este punto, corresponde señalar que, habiéndose advertido en el punto anterior relativo a la congruencia de la Resolución Jerárquica 3/2018, que tres de los cinco agravios denunciados por el ahora accionante no fueron contestados por el Fiscal Departamental de Oruro -autoridad ahora demandada- corresponde ingresar al análisis de los dos únicos puntos de agravio que si fueron respondidos.