SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0228/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El “16” de enero de 2019, el sector del relleno sanitario del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz denominado Alpacoma, colapsó en varias celdas generando un riesgo inminente para el medio ambiente y la salud de los vecinos y comunidades aledañas al sector con el rebalse de la basura en tratamiento.
A consecuencia de ello, los vecinos de Achocalla exigieron el cierre del lugar de tratamiento de la basura del municipio de La Paz, para lo cual iniciaron un bloqueo a la entrada del indicado Relleno Sanitario para que ningún vehículo de recolección de basura pueda ingresar y depositar los residuos sólidos generados por la población de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, actitud que trajo graves consecuencias ya que cerca de ochocientos cincuenta mil toneladas métricas de basura se acumularon de diferentes calles, avenidas, mercados, plazas y parques de dicha ciudad, amenazando severamente a la salud de más de un millón de personas, con el riesgo de epidemias, en franca vulneración de derechos fundamentales garantizados en la Constitución Política del Estado.
Por otra parte, en la fecha de interposición de la presente acción de defensa, se dejó sin efecto un acuerdo entre los Alcaldes de los Gobiernos Autónomos Municipales de La Paz y El Alto de trasladar momentáneamente la basura de la Paz al Relleno Sanitario de la ciudad de El Alto, agravando así la amenaza de un desastre ambiental, al seguir acumulando la basura.
Finalmente, el Ministerio de Medio Ambiente y Aguas (MAAyA), determinó el cierre definitivo del Relleno Sanitario de Alpacoma, otorgando sesenta días al Gobierno Autónomo Municipal de La Paz para que presente el plan de cierre, lo que inviabilizó aún más la solución a la emergencia ambiental, generando una situación sin salida y con serios riesgos para el medio ambiente y la salubridad pública para los habitantes de dicha ciudad; a ello se suma, la inexistencia de un plan de contingencias para el colapso del Relleno Sanitario, aprobado por las instancias ambientales competentes.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Naturaleza jurídica y finalidad de la acción popular
- III.2. De los derechos ambientales: Sistema Nacional e Interamericano de protección de derechos humanos.
- violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con
- la interrelación entre los derechos humanos y el medio ambiente;
- la degradación severa del medio ambiente puede afectar el bienestar del individuo y, como consecuencia, generar violaciones a los derechos de las personas, tales como los derechos a la vida, al respeto a la vida privada y familiar y a la propiedad privada.
- el medio ambiente y el desarrollo sostenible, surgen múltiples puntos de conexión por los cuales, como fue expresado por el Experto independiente, “todos los derechos humanos son vulnerables a la degradación ambiental, en el sentido de que el pleno disfrute de todos los derechos humanos depende de un medio propicio”.
- el derecho al medio ambiente sano
- medidas que deben adoptar los Estados para cumplir con la obligación de prevención
- obligación de fiscalización y supervisión
- “…los Estados tienen un deber de supervisar y fiscalizar actividades, bajo su jurisdicción, que puedan producir un daño significativo al medio ambiente.
- alcance y contenido de la obligación en relación con el medio ambiente
- el equilibrio del medio ambiente
- a) Consideraciones previas
- el medio ambiente
- el colapso de la Macrocelda 4, se hubiera originado debido a un proceso de saturación de agua interna, por un deficiente sistema de drenaje pluvial, deficiente sistema de captación de lixiviados internos y una sobrecarga de residuos dispuestos, sobrepasando el diseño definido en el proyecto.
- Las medidas del Plan de Contingencia implementado
- sin licencia ambiental desde el 1 de octubre de 2017,
- Artículo 84°.- La licencia permanente se extinguirá cuando se hubiera agotado la vida útil del relleno sanitario.
- el derecho a la salubridad pública supone el derecho de todos los habitantes de una comunidad a pedir y recibir por parte del Estado las siguientes prestaciones básicas y necesarias mínimas, que conlleven una vida saludable…
- lo que significa implícitamente que la salud del individuo es inseparable del medio humano en el cual vive.
- Ministerio del Medio Ambiente y Aguas
- o cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado.
- si en sede constitucional se advirtiese una modificación
- 1) Producirse antes de la notificación con la acción de amparo constitucional; y
- c) Otras Consideraciones
- REVOCAR en parte
- 3°