SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2019-S4

Fecha: 16-May-2019

II.13.

II.13.  A través de nota CITE:SSALP/V.REC./EXT/0164/18 de 2 de mayo de 2018, el Vicerrector de UNIVALLE Sub sede La Paz, hizo conocer a la estudiante el Informe 09/2018 de 26 de abril, emitido por el Director Académico, comunicándole además, que en mérito al mismo, se había determinado asignarla al internado rotatorio a partir de julio en otro centro hospitalario. El referido Informe 09/2018, adjunto a la señalada nota, estableció en lo más relevante que de acuerdo a los permisos solicitados, se contabilizaban dieciocho días de inasistencia a los que se sumaban las faltas injustificadas y asistencias irregulares; es decir, que la asistencia al primera rote que correspondía a cirugía fue irregular, no habiendo culminado la rotación ya que a asistencia debía ser al cien por ciento; la estudiante no se presentó a la rotación por quirófano durante tres días sin justificativo alguno; la rotación por traumatología fue irregular; la rotación por neurocirugía fue irregular e incompleta, por las continuas pretensiones de permiso (24 de enero; 5, del 8 al 10 y del 14 al 28 de febrero del referido año); concluyendo que, la interna incumplió el compromiso asumido respecto a la asistencia, por lo que debía ser asignada nuevamente al internado rotatorio a partir de julio de 2018 en otro centro de salud, debido a que los periodos de apertura en centros hospitalarios para internados, se realizaban en enero y julio, no pudiendo la Universidad pedir la reincorporación en otros meses (fs. 18 a 21).