Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
II.9.
II.9. A través de nota DIR.DPTO.MED./017/18 de 16 de marzo de 2018, el Jefe de Internado Rotatorio del Departamento de Medicina de UNIVALLE, comunicó a la Jefe de Enseñanza e Investigación de la Caja Bancaria Estatal de Salud “Clínica Modelo” del mencionado departamento, que el Consejo de Carrera de dicha casa de estudios superiores, había determinada la suspensión del internado rotatorio de la ahora peticionante de tutela y otra, a partir del 10 del señalado mes y año (fs. 35)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y los actos consentidos como causal de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 25
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR