SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

II.3.

II.3.    El 30 de mayo de 2018, el hoy accionante presentó recurso de revisión contra la Resolución descrita en la conclusión precedente, exponiendo en lo principal que: i) Los días que atravesó situaciones de fuerza mayor, mantuvo la línea telefónica encendida; ii) Detalló y adjuntó nuevamente la documentación de descargo que adjuntó por nota de 16 del mismo mes y año, acusando que el Fallo Final 009, no mencionó, ni argumentó nada al respecto; iii) En virtud al art. 95 del Código Procesal Civil (CPC) correspondía considerar que la causa justa era aquella proveniente de fuerza mayor o caso fortuito insuperable para la parte; iv) Al omitir la revisión de los elementos probatorios que presentó, se lesionó la igualdad procesal y el debido proceso; v) No se demostró que su ausencia fue injustificada; tampoco se determinó que se hayan retrasado trabajos que le fueron encomendados, pues no obstante a que la resolución refutada señaló dicho extremo; empero, no estableció cuál era el daño producido a la empresa; y, vi) Trabajó durante la noche o a medio día para cumplir con el cometido de la empresa; por lo que, no existió perjuicio alguno para la seguridad de las personas, instalaciones o “cualquier gestión de la compañía” (sic); razones por las que solicitó “…la cancelación de beneficios sociales correspondientes…” (sic) -fs. 16 a 19-.