SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2019-S2

Fecha: 05-Jun-2019

II.4.

II.4.    El 6 de junio de 2018, las autoridades hoy demandadas, a través de la Resolución de Revisión al Fallo Final 009/2018, determinaron su confirmación, razonando que: a) La relación laboral de ENTEL S.A. y sus trabajadores, se regía bajo la Ley General del Trabajo, sus Decretos Reglamentarios y el Acuerdo del Lago 2005; b) Se demostró fehacientemente que el accionante, tuvo una asistencia irregular y abandonó su puesto de forma unilateral; sin justificar oportunamente su proceder; c) Con tal actuar, incurrió en desconocimiento y desacato del Manual de Políticas Corporativas, Gestión de Recursos Humanos, Gestión del control de Presencia, el Comunicado Interno 14/16; y, el Acuerdo del Lago -en los artículos que específica- a cuya consecuencia se aplicó la medida de despido; y, d) Los permisos que solicitó no se generaron de forma idónea; es decir, de conformidad con los procedimientos internos de ENTEL S.A.; por lo que, correspondía confirmar la sanción y proceder con el pago de beneficios sociales. Con dicha resolución, se notificó personalmente al accionante el            8 de abril de 2018 (fs. 21 a 25).