SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2019-S1
Fecha: 24-Jun-2019
iv)
iv) Se debe tener en cuenta que durante toda la investigación preliminar se estuvo sin movimiento hasta la conminatoria con el Auto de 22 de mayo de 2017, cuando la Jueza de Instrucción Penal Décima del departamento de Santa Cruz, rechazó la complementación de la investigación en aplicación de la SCP 1128/2013 de 17 de julio, interponiendo el imputado el incidente de extinción de la acción penal recién el 2 de enero de 2018; sin que el mismo haya planteado ningún incidente, excepción ni tampoco acto dilatorio alguno en el incumplimiento de plazos, porque el imputado tenía entendido que la denuncia había sido rechazada, lo que no significa un acto contrario a lo establecido en la SC 0449/2011-R de 18 de abril, referente a la actitud del imputado de ser activo durante todo el proceso, “…en este entendido el imputado Erick Velasco Reckeweg, todavía dentro de la etapa preliminar antes de la presentación de la imputación formal en su contra toma conocimiento en fecha 06 de noviembre de 2017, teniendo en cuenta que la fase de investigación preliminar ya había vencido abundantemente” (sic); y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- legitimación activa
- como uno de los requisitos esenciales de la legitimación activa, que el accionante demuestre la concurrencia de un agravio personal y directo a los derechos
- en virtud del principio de existencia de agravio personal y directo, la acción de amparo constitucional debe promoverse por la persona a quién perjudica el acto o la omisión denunciada de ilegal, por cuanto debe existir una vinculación y relación directa entre el acto u omisión reclamada con la lesión de intereses jurídicos protegidos, como son los derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del derecho al debido proceso
- i)
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- CONFIRMAR