SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

II.7.

II.7.  Mediante memorial de 16 de marzo de 2018, el peticionante de tutela formuló recurso de apelación contra el segundo Auto de 5 de marzo de similar año, que rechazó su incidente de actividad procesal defectuosa, manifestando entre otros aspectos que, el Auto de admisión de la denuncia interpuesta en su contra de 30 de noviembre de 2017, no consideró en su momento lo dispuesto por el art. 5 núm.1) del Reglamento de Procesos Universitarios, relativo a que no se contaba con elementos suficientes para determinar que la falta presuntamente cometida era o no de conocimiento público y si existía o no una disposición del Rector y que el Tribunal de primera instancia a tiempo de resolver el referido incidente justificó su determinación en base a prueba no aportada y en hechos o acontecimientos posteriores o futuros, lesionando su derecho a la igualdad de partes, pues favoreció al denunciante que ni siquiera es víctima en su perjuicio; así también, vulneró su derecho a la valoración razonable de la prueba, ya que afirma que tomo una decisión el 30 de noviembre de 2017, en base a prueba o elementos que acontecerían en el futuro vulnerando el principio de la lógica, pues nadie puede tomar una determinación teniendo como fundamento un hecho que en ese momento se desconoce y recién se conocería a futuro, tornando la resolución incongruente al afirmar que conocía las declaraciones de los testigos de descargo que recién fueron obtenidos en marzo de 2018 (fs. 217 a 218 vta.).