SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0472/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

III.4.4.   En cuanto al problema jurídico contenido en el punto iii) inciso b)

III.4.4.   En cuanto al problema jurídico contenido en el punto iii) inciso b) respecto a que el Tribunal de alzada con argumentos totalmente arbitrarios convalidó que el tribunal de primera instancia lo condene por hechos y circunstancias que no fueron denunciados; pues la denuncia interpuesta en su contra refiere que los mismos acontecieron el 15 de noviembre de 2017, y sin embargo se lo juzgó y sancionó por presuntos hechos acaecidos el 16 de igual mes y año, lo que impidió que ejerza su derecho a la defensa de manera efectiva.

La respuesta otorgada cumple los presupuestos de la congruencia fundamentación y motivación descritos en el Fundamento Jurídico III.1 de ésta Sentencia constitucional Plurinacional; toda vez que, los miembros del Tribunal de alzada a tiempo de emitir la Resolución de segunda instancia de 4 de abril de 2018 -ahora cuestionada- de manera clara, concreta y concisa señalaron que los hechos denunciados conforme se acreditó de la prueba producida y valorada, en su estructura contienen dos momentos que no son excluyentes; por cuanto, están plasmados en la denuncia, en el Auto de apertura del proceso y en la Sentencia, resultando ilógico pretender que la presunta falta de congruencia se deba a la consignación de fechas (15 y/o 16 de noviembre de 2017) sin analizar el contenido de los hechos acaecidos entre uno y otro día, pues el recurrente -ahora peticionante de tutela - tuvo conocimiento de manera amplia de los hechos atribuidos en su contra ejerciendo de manera irrestricta su derecho a la defensa. Por lo que, tampoco respecto a éste punto se advierte la lesión denunciada por el prenombrado.