SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0331/2019-S3

Fecha: 19-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La Empresa accionante suscribió un contrato administrativo con la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) para la construcción del proyecto “…‘SANTA BARBARA-RIO ALTO BENI-QUIQUIBEY’…” (sic), en actual ejecución; uno de los ítems a construir con la modalidad llave en mano “…eran tres túneles denominados: CAJONES-1; CAJONES-2 y QUENALLATA…” (sic); para el efecto, se contrató a la empresa BOLIVIANA DE OBRAS SUBTERRÁNEAS (BOSSA) S.R.L.

Dicha Empresa, con base en volúmenes y montos erróneamente consignados en el contrato por ser diferentes a la propuesta que contaba con la conformidad de la EMPRESA CONSTRUCTORA ROYAL S.R.L., incumplió sus obligaciones e hizo abandono de la obra, acudiendo directamente a la vía arbitral a través de la presentación de una demanda de resolución de contrato, el pago de planillas ejecutadas y el reconocimiento y pago de materiales e intereses.

Se respondió negativamente a dicha pretensión formulando observaciones, ofreciendo prueba y planteando una reconvención; en la sustanciación del proceso arbitral, se les negó la producción de prueba pericial de forma inexplicable mediante Resolución 07/18 de 29 de mayo de 2018, “…argumentando la inexistencia de acuerdo entre las partes para la ampliación del periodo de prueba…” (sic).