Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
denegó
Juez Público Civil y Comercial Vigésimo Tercero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 142 de 13 de septiembre de 2018, cursante de fs. 1524 a 1528, denegó la tutela solicitada en mérito a los siguientes fundamentos: a) No se demostró que los derechos reclamados por los accionante hubieran sido vulnerados; y, b) No existió lesión al derecho a la impugnación, al debido proceso y a la defensa; toda vez que, la impetrante de tutela, usó los medios de objeción que le otorga el marco jurídico adjetivo civil.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. El principio de congruencia como elemento esencial del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR