Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2019-S4
Fecha: 02-Jul-2019
II.11.
II.11. Por Auto de Vista 73 de 21 de marzo de 2018, la Sala Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, confirmó totalmente el Auto Definitivo 474 de 1 de septiembre de 2014; decisión que motivó la solicitud de aclaración por la parte ahora accionante, que mereció Auto de 28 de igual mes y año, que dispuso no haber lugar a lo peticionado (fs. 1370 a 1371 vta. y 1376 a 1377)
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. El principio de congruencia como elemento esencial del debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR