SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

III.1.  Ámbito de protección de la acción popular. Jurisprudencia reiterada

Diferentes Sentencias Constitucionales Plurinacionales, han establecido con base en los arts. 135 de la CPE y 68 del Código Procesal Constitucional (CPCo) que el ámbito de protección de la acción popular, se encuentra dirigida a proteger derechos colectivos, los cuales, según la doctrina, han sido divididos en dos grupos: El interés de grupos organizados o susceptibles de organizarse conforme a las reglas generales; por ejemplo, un sindicato; y los segundos, aquellos donde el interés fragmentario de numerosas personas dispersas geográfica y socialmente, por lo que resulta prácticamente imposible su organización, pues sus miembros entran y salen y se desconocen. La indeterminación de las personas que componen el grupo es lo que hace difuso un interés; consecuentemente, este tipo de interés se caracteriza por corresponder a un grupo indeterminado.