SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

los derechos e intereses colectivos, son aquellos que no pertenecen a nadie en especial

Por su parte, José Antonio Rivera manifestó: “En el contexto referido por la norma constitucional que consagra esta acción tutelar, los derechos e intereses colectivos, son aquellos que no pertenecen a nadie en especial, es decir, a ninguna persona individual específicamente identificada, sino a todos en general, a la colectividad o la comunidad humana”[1] (las negrillas fueron añadidas).