SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2019-S2

Fecha: 12-Jul-2019

Fragmento 37

Después que el Tribunal Constitucional Plurinacional dictó la SCP 2621/2012 de 21 de diciembre, que dispuso en el primer punto “1° Declarar la INCONSTITUCIONALIDAD del art. 534.I, que establece: ‘La base para la subasta de inmuebles será el importe de su valuación fiscal’; y, II -en la frase que señala: ‘A falta de esta valuación’- del CPC”; dicho artículo quedo de la siguiente manera: “II. A falta de esta valuación se designará de oficio un perito, ingeniero o arquitecto, y en su defecto una persona idónea, para tasar los bienes. La base para la venta será la suma fijada en la tasación”.