SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2019-S1
Fecha: 08-Jul-2019
Con carácter previo, adjunte documentación referida en originales y reconocimiento de firmas, con lo que se procederá conforme a derecho
En esa línea, manifiesta que dentro el referido proceso penal cursan las acusaciones del Fiscal y del ex FONVIS en liquidación, las cuales expresan que las víctimas múltiples en dicha causa son los Cooperativistas Mineros, en virtud de ello, el 6 de mayo de 2018, suscribió un Acuerdo Conciliatorio con dicho sector minero, en el cual ambos están de acuerdo en la cancelación del saldo adeudado y la transferencia de terrenos al referido sector minero por parte del ex FONVIS; consecuentemente, el 28 de noviembre del mismo año reiteró la solicitud de salida alternativa por conciliación ante la Fiscal asignada al caso Edna Juana Montoya Ortiz codemandada, que mediante decreto de 28 de igual mes y año refirió: “Con carácter previo, adjunte documentación referida en originales y reconocimiento de firmas, con lo que se procederá conforme a derecho” (sic).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Con carácter previo, adjunte documentación referida en originales y reconocimiento de firmas, con lo que se procederá conforme a derecho
- A SUS ANTECEDENTES
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Asimismo, en la vía informativa, Beatriz Viviana Pilar Caballero en representación sin mandato del ahora accionante
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SCP 0408/2019-S1
- III.2.
- en aquellos casos en los cuales -se reitera- el procesamiento indebido constituye la causa directa que originó la restricción o supresión del derecho a la libertad y además hubiese existido absoluto estado de indefensión
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii.
- b)
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR