SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2019-S1
Fecha: 08-Jul-2019
III.3. Análisis del caso concreto
El impetrante de tutela, denuncia la lesión a sus derechos a la libertad, al acceso a la justicia, a la defensa; y, vulneración al debido proceso, alegando que la Fiscal de Materia asignada al caso no emitió resolución sobre su solicitud de salida alternativa por conciliación; y, que el Juez del Tribunal de Sentencia Penal Séptimo del departamento de La Paz, rechazó la petición de ejercer control jurisdiccional para conminar a la referida Fiscal a emitir requerimiento sobre lo impetrado.
En ese sentido, refiere que en reiteradas oportunidades, solicitó a la nombrada representante del Ministerio Público se pronuncie sobre su petición de aplicar la salida alternativa en mérito de haber suscrito un acuerdo conciliatorio con los representantes de FEDECOMIN en su calidad de víctimas múltiples, peticiones que no merecieron pronunciamiento sobre su procedencia o improcedencia; asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal de garantías dentro una anterior acción de libertad interpuesta por su persona, pidió al Juez ahora demandado conmine a la citada Fiscal codemandada a pronunciarse sobre dicha salida alternativa, autoridad judicial que rechazó tal petición, arguyendo que no está dentro sus atribuciones realizar conminatorias a la representante del Ministerio Público que tiene sus propias funciones y facultades; bajo dicho escenario y conforme a los datos aportados, se advierte los siguientes aspectos:
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- Con carácter previo, adjunte documentación referida en originales y reconocimiento de firmas, con lo que se procederá conforme a derecho
- A SUS ANTECEDENTES
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- Asimismo, en la vía informativa, Beatriz Viviana Pilar Caballero en representación sin mandato del ahora accionante
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- SCP 0408/2019-S1
- III.2.
- en aquellos casos en los cuales -se reitera- el procesamiento indebido constituye la causa directa que originó la restricción o supresión del derecho a la libertad y además hubiese existido absoluto estado de indefensión
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- ii.
- b)
- III.4. Otras consideraciones
- CONFIRMAR