SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2019-S1
Fecha: 17-Jul-2019
II.6.
II.6. A través de memorial dirigido al Comandante General de la Policía Boliviana con cargo de recepción de 9 de febrero de 2018, presentando Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento emitido por el Fiscal Departamental de Potosí, el ahora peticionante de tutela sustentado en la Disposición Adicional Tercera de la Ley del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, solicitó la restitución de sus derechos institucionales de servidor público policial con el grado de sub teniente como también la cancelación de sus sueldos desde el 28 de julio de 2017 hasta la fecha en que presentó la antes señalada carta –9 de febrero de 2018– con los mismos argumentos de la nota de 26 de enero del referido año descritos en la Conclusión II.1. (fs. 307 a 314).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- CON REITORIO O BAJA DEFINITIVA DE LA INSTITUCIÓN SIN DERECHO A REINCORPORACIÓN
- "ELEMENTO FEHACIENTE"
- 'LA RESTITUCIÓN DE DERECHOS INSTITUCIONALES
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- La presunción de inocencia forma parte del debido proceso y se encuentra consagrada en las normas previstas por el art. 116.I de la CPE, el cual dispone que se garantiza la presunción de inocencia durante el proceso
- significa un estado constitucional que parte de la buena fe, al considerar que toda persona es inocente entre tanto no exista en su contra sentencia condenatoria ejecutoriada
- c) El principio- garantía de la presunción de inocencia impide a que los órganos de la persecución penal realicen actos que presuman la culpabilidad del imputado
- d) La presunción de inocencia como parte del debido proceso es extensible a todo proceso -judicial o administrativo-
- III.2. Análisis del caso concreto
- COMANDANTE DEPARTAMENTAL DE POLICIA DE LA CIUDAD DE POTOSI..."
- Suspensión Indefinida
- CONFIRMAR