SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2019-S2

Fecha: 22-Jul-2019

III.2. El derecho a la libertad y los límites legales a la libertad física

La facultad que tiene toda persona de actuar conforme a su propia voluntad, de vivir y desarrollarse de acuerdo a sus propias creencias, convicciones y según su proyecto de vida elegido; sin más requisitos y exigencias que adecuar su conducta dentro de los limites señalados por ley, constituye el derecho a la libertad, en otras palabras, está permitido hacer todo lo que las disposiciones legales y la Constitución Política del Estado no prohíban, conforme al mandato constitucional que señala que en el ejercicio de los derechos, nadie será obligado a hacer lo que la Constitución y las leyes no manden ni a privarse de lo que estas no prohíban.