SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2019-S2

Fecha: 22-Jul-2019

libertad física

Dado que la condición de libertad de una persona puede ser lesionada de distintas formas, jurídicamente se reconoce al término “libertad” como un concepto con contenido amplio debido que abarca distintas dimensiones, bajo dicha consideración la ley y la jurisprudencia reconocen la libertad de reunión y asociación, de expresión, de acceso a la información, de residencia y permanencia, de libre circulación, libertad física y seguridad personal y otros, que no son otra cosa, que el derecho a la autodeterminación en sentido amplio.